Trámites para obtener la bonificación del 30 por ciento del IBI
La tramitación de la solicitud de la bonificación se debe de realizar en SUMA
Amparo
Blasco Gascó / El
concejal de Hacienda, Ramón Poveda, ha informado sobre los trámites
a seguir para poder obtener una bonificación del 30% del Impuesto
sobre Bienes Inmuebles, por un periodo máximo de tres años, para
aquellas viviendas residenciales que instalen placas solares para el
aprovechamiento térmico o eléctrico.
Ha
recordado que los requisitos que hay que cumplir para beneficiarse de
esa reducción del 30% del IBI son: que las instalaciones de
producción de calor incluyan colectores que dispongan de la
correspondiente homologación por la administración competente, que
se trata de un inmueble de uso residencial y que la instalación de
producción de energía sea exclusivamente para autoconsumo.
Ha
añadido que la bonificación será efectiva durante el periodo
impositivo al de la solicitud y se aplicará como máximo en los tres
periodos impositivos siguientes desde la fecha en la que se haya
realizado la instalación, siempre que se mantenga la misma y cuya
acreditación el Ayuntamiento de Petrer podrá solicitar anualmente.
Además,
ha apuntado que la solicitud de acreditación se debe de tramitar en
la Oficina de SUMA, ubicada en la Plaza Pablo Iglesias, adjudicando
la siguiente documentación: copia licencia urbanística preceptiva,
ya que la bonificación dependerá de que las obras e instalación se
haya realizado con la previa licencia municipal, acreditación
documental de la homologación de los colectores por parte de la
administración correspondiente; factura y certificado de la empresa
instaladora y declaración responsable de que es la instalación, en
caso de producción eléctrica, es exclusivamente para autoconsumo.