Veintiún días más con restricciones en las medidas contra la COVID-19
Estas medidas afectan al ocio nocturno, hostelería, celebración de eventos y consumo de tabaco en la calle
Amparo Blasco
Gascó / El presidente de la Generalitat
Valenciana, Ximo Puig, ha anunciado que las medidas acordadas en el
Pleno del Consejo Territorial del Sistema Nacional de Salud, a
mediados del pasado mes, y que en la Comunidad Valenciana entraron en
vigor el 18 de agosto se prorrogan 21 días más.
Se trata de medidas
que afectan a diferentes ámbitos sociales como el ocio nocturno, la
hostelería, la celebración de diferentes eventos y el consumo de
tabaco en la calle.
En
lo que respecta al ocio nocturno, se mantiene la suspensión de la
actividad de discotecas, salas de baile, karaoke y bares de copas con
y sin actuaciones musicales en directo.
Asimismo,
en los establecimientos de hostelería y restauración, terrazas y
bares o restaurantes de playa, se mantiene la obligación de asegurar
1,5 metros entre las mesas o agrupaciones de mesas. Esta distancia
tiene que estar medida entre las personas más próximas de las
diferentes mesas o agrupaciones, que deben tener una ocupación
máxima de 10 personas.
Por
otro lado, los establecimientos y servicios de hostelería y
restauración deberán seguir cerrando no más tarde de las 01.00
horas. Además, no se pueden consumir productos o bebidas del
establecimiento fuera del área limitada por la terraza y no se
permite el consumo colectivo o en grupo de bebidas en la calle o en
espacios públicos.
La
nueva resolución incluye, como novedad con respecto a la anterior,
que los establecimientos considerados como casinos de juego, salas de
bingo, salones de juegos, salones recreativos y locales específicos
de apuestas también deben de cerrar no más tarde de las 01.00
horas, sin que pueda permitirse el acceso de nuevos clientes a partir
de las 00:00 horas.
Unas
medidas que se deben de aplicar todos los días de la semana,
incluidos los festivos.
Además,
se mantiene la recomendación de limitar las reuniones familiares o
sociales, en espacios privados, a un máximo de 10 personas.
Respecto
a eventos y actividades cuya afluencia prevista supere las 400
personas, su organización sigue supeditada a la autorización previa
por parte de la Dirección General de Salud Pública y Adicciones.
También
se mantiene la prohibición de fumar en la vía pública o en espacio
al aire libre cuando no se puede respetar una distancia mínima
interpersonal de al menos 2 metros, aplicándose a cualquier
dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o
elementos similares, incluidos cigarrillos electrónicos o de vapeo.
Tal
y como se indicaba en la anterior resolución y sin perjuicio del
desarrollo correspondiente que establezca la Vicepresidencia y
Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, en las residencias y
centros sociosanitarios, en los centros de carácter residencial de
tratamiento de las adicciones dependientes de la Conselleria de
Sanidad Universal, se realizarán pruebas PCR a todos los nuevos
ingresos y reingresos con 72 horas de antelación como máximo.
Además,
siguen limitadas las visitas a una persona por residente, extremando
las medidas de prevención, y con una duración máxima de una hora
al día, a excepción de aquellas personas que se encuentren en
proceso del final de la vida.