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lunes, 21, septiembre, 2026
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Subvenciones para actividades económicas suspendidas por la Covid 19

Subvenciones para actividades económicas suspendidas por la Covid 19

El programa está sufragado con fondos de la Diputación de Alicante y las subvenciones pueden alcanzar los 700 euros

Maite Román Cano / Esta mañana se ha presentado la nueva línea de ayudas a empresas y autónomos “Petrer Actúa II” dentro de las acciones desarrolladas por el Ayuntamiento para paliar las consecuencias sobre el tejido económico y productivo de la población debido a la Covid 19.

La alcaldesa, Irene Navarro, acompañada por el edil de Desarrollo Económico, David Morcillo, el portavoz socialista, Fernando Portillo, y los concejales de la oposición, Pepa Villaplana del PP y Víctor Sales de Ciudadanos, ha destacado la unidad de todos los grupos políticos municipales para dar respuesta desde la institución municipal a los problemas derivados de esta crisis, tanto a las familias que están necesitando la ayuda municipal como a los sectores comercial, empresarial y a los autónomos.

Según ha explicado, en esta nueva línea de ayudas se van a destinar 116.119 € de fondos de la Diputación de Alicante, con los que se pretende minimizar el impacto económico que la Covid-19 está suponiendo en pymes, micropymes, pequeños empresarios autónomos y profesionales de Petrer. El plazo para optar a estas ayudas será del 10 al 23 de septiembre si bien y desde ya mismo la concejalía de Desarrollo Económico ha habilitado un punto de información y asesoramiento tanto presencial como telefónico con el fin de solventar dudas. Este servicio de asesoramiento está en la Oficina de Turismo, en la plaza de Baix, y el teléfono es el 96.698.94.01. También se puede encontrar más información en la web petreremprende.com


Los requisitos para acceder a esta subvención es haber suspendido la actividad como consecuencia de las medidas adoptadas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, además de otras cuestiones como que la actividad afectada por el cierre del establecimiento decretado por el estado de alarma no se haya visto compensada por el incremento de la facturación mediante un aumento del volumen del negocio online o telefónico de la persona solicitante o que tanto el domicilio social como el local de desarrollo de la actividad se encuentren en termino municipal de Petrer, además de otras de carácter más técnico.

Además, quedan excluidas las personas físicas en régimen de personas trabajadoras autónomas de la Seguridad Social, que hayan sido beneficiarias de las subvención concedidas por la Generalitat Valenciana. Además, serán gastos subvencionables los siguientes gastos corrientes: el alquiler mensual del local del negocio; los gastos de consultoría y asesoría realizados como consecuencia de la situación del estado de alarma; y los gastos de contratos de suministro de energía, agua, teléfono o internet referidos necesariamente al local de negocio.

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