Aclaraciones de la regularización catastral
Hacienda aclara que primero llegan las notificaciones con los valores catastrales y a partir de octubre o noviembre lo harán las liquidaciones del IBI correspondientes a los últimos cuatro años de aquellos inmuebles objeto de regularización
Maite Román Cano / En primer lugar,
el responsable de esta delegación, Ramón Poveda, ha explicado que
ahora han llegado las notificaciones en las que solo aparecen los
valores catastrales aplicados tras la regularización catastral
promovida por el Ministerio de Hacienda.
También, la liquidación de
la tasa de 60 euros que se deberá abonar en un plazo máximo de 45
días por dicho trabajo de inspección, no obstante, las
liquidaciones actualizadas del IBI en aquellos inmuebles objeto de
regularización, no serán remitidas hasta los meses de octubre o
noviembre de este año.
Según Poveda, porque ahora se abre un primer
plazo de alegaciones de quince días y luego otro para dar
respuestas. A éste le seguirá un nuevo periodo que se cerrará
aproximadamente en julio y después será cuando, teniendo los datos
definitivos, se remitan las liquidaciones de los últimos cuatro
años.
Por otro lado, y
como algo importante a destacar, Poveda ha hecho referencia a que la
tasa de 60 euros hay que pagarla aunque se vaya a presentar
alegaciones y ésta se resuelva de manera favorable. Si fuera así,
la administración devolvería esa tasa a su titular.
El pago se
puede hacer efectivo en cualquier entidad bancaria o de crédito.