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viernes, 18, septiembre, 2026
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Alegaciones al Reglamento de Explosivos

Alegaciones al Reglamento de Explosivos

La UNDEF presenta un paquete de alegaciones al proyecto del Real Decreto por el que se aprobará el Reglamento de Explosivos y que afectará a las Fiestas de Moros y Cristianos

Amparo Blasco Gascó / La Unión Nacional de Entidades Festeras, UNDEF, ha presentado un paquete de alegaciones al proyecto del Real Decreto por el que se aprobará el Reglamento de Explosivos y que afectará a las Fiestas de Moros y Cristianos.

Las alegaciones presentadas en la Delegación del Gobierno de Valencia y que se remitirán al Ministerio de Industria y Energía cuentan con el respaldo de las 73 poblaciones que forman parte de la UNDEF. Francisco López, presidente de esta entidad festera, ha explicado que en una de esas alegaciones se solicita la inclusión de la figura del disparador menor de edad pero mayor de 14 años con el fin de asegurar la continuidad y no poner en peligro el relevo generacional de los tiradores.

Ha añadido que lo que se solicita es que no sea necesario la mayoría de edad para participar en los actos de alardo sino que solo bastara la autorización de los padres o tutores del menor para poder asistir a los actos de arcabucería aunque siempre acompañado de uno de ellos que deberá de cumplir los requisitos que marca la normativa vigente.
Además, ha apuntado que otras alegaciones hacen referencia a la cantidad de pólvora de la que pueden hacer uso los festeros puesto que en la actualidad se restringe a un kilo por festero y acto lo que desde la UNDEF se crea insuficiente.

También, se solicita que se cree la figura del portador con el fin de que el festero pueda recoger los kilos de pólvora que le correspondan para un tirador.
Ambos asuntos anteriormente mencionados son los que mayor controversia han generado en la última década en las poblaciones donde se celebran Fiestas de Moros y Cristianos. No obstante, el paquete de alegaciones también contempla elevar a 600.000 euros la cuantía económica a cubrir por medio del seguro de responsabilidad civil, en caso de producirse daños a terceros derivados de esta actividad.

A este respecto, el transporte de la pólvora es otro de los aspectos que se abordan en la Instrucción Técnica Complementaria del reglamento, que regula el uso de armas de avancarga y detonadoras en las manifestaciones festivas. Por ello, se solicita que se autorice a los participantes activos a transportar en sus vehículos particulares un máximo de seis kilos de pólvora, la misma cantidad que podría almacenarse temporalmente en un único domicilio dentro del envase original y durante el mínimo tiempo posible hasta el momento de trasvasarla a la cantimplora y utilizarla.

Un acto que, según las observaciones que recoge el texto, se debería realizar donde la entidad organizadora de cada población haya previsto con anterioridad para garantizar la máxima seguridad, debiendo eliminar la pólvora sobrante en el último acto de alardo inmediatamente.

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