Alegaciones al Reglamento de Explosivos
La UNDEF presenta un paquete de alegaciones al proyecto del Real Decreto por el que se aprobará el Reglamento de Explosivos y que afectará a las Fiestas de Moros y Cristianos
Amparo Blasco Gascó / La
Unión Nacional de Entidades Festeras, UNDEF, ha presentado un
paquete de alegaciones al proyecto del Real Decreto por el que se
aprobará el Reglamento de Explosivos y que afectará a las Fiestas
de Moros y Cristianos.
Las alegaciones presentadas en la Delegación
del Gobierno de Valencia y que se remitirán al Ministerio de
Industria y Energía cuentan con el respaldo de las 73 poblaciones
que forman parte de la UNDEF.
Francisco
López, presidente de esta entidad festera, ha explicado que en una
de esas alegaciones se solicita la inclusión de la figura del
disparador menor de edad pero mayor de 14 años con el fin de
asegurar la continuidad y no poner en peligro el relevo generacional
de los tiradores.
Ha añadido que lo que se solicita es que no sea
necesario la mayoría de edad para participar en los actos de alardo
sino que solo bastara la autorización de los padres o tutores del
menor para poder asistir a los actos de arcabucería aunque siempre
acompañado de uno de ellos que deberá de cumplir los requisitos que
marca la normativa vigente.
Además,
ha apuntado que otras alegaciones hacen referencia a la cantidad de
pólvora de la que pueden hacer uso los festeros puesto que en la
actualidad se restringe a un kilo por festero y acto lo que desde la
UNDEF se crea insuficiente.
También, se solicita que se cree la
figura del portador con el fin de que el festero pueda recoger los
kilos de pólvora que le correspondan para un tirador.
Ambos
asuntos anteriormente mencionados son los que mayor controversia han
generado en la última década en las poblaciones donde se celebran
Fiestas de Moros y Cristianos. No obstante, el paquete de alegaciones
también contempla elevar a 600.000 euros la cuantía económica a
cubrir por medio del seguro de responsabilidad civil, en caso de
producirse daños a terceros derivados de esta actividad.
A este
respecto, el transporte de la pólvora es otro de los aspectos que se
abordan en la Instrucción Técnica Complementaria del reglamento,
que regula el uso de armas de avancarga y detonadoras en las
manifestaciones festivas.
Por
ello, se solicita que se autorice a los participantes activos a
transportar en sus vehículos particulares un máximo de seis kilos
de pólvora, la misma cantidad que podría almacenarse temporalmente
en un único domicilio dentro del envase original y durante el mínimo
tiempo posible hasta el momento de trasvasarla a la cantimplora y
utilizarla.
Un acto que, según las observaciones que recoge el
texto, se debería realizar donde la entidad organizadora de cada
población haya previsto con anterioridad para garantizar la máxima
seguridad, debiendo eliminar la pólvora sobrante en el último acto
de alardo inmediatamente.







