El mando de la Policía Local responde al Sindicato
Antonio Amorós envía un comunicado para defender su labor al frente de la Policía Local
Maite Román Cano / El Intendente Principal de la Policía
Local de Petrer, Antonio Amorós, ha contestado al comunicado emitido
por el Sindicato de Empleados Públicos que cuestiona la gestión de
los recursos humanos y económicos de este cuerpo de seguridad. Les
ofrecemos a continuación el comunicado íntegro de réplica del
propio Intendente.
“Como respuesta a la nota de prensa
emitida por el Sindicato de Empleados Públicos de la Comunidad
Valenciana en el día de hoy, la Jefatura de la Policía local de
Petrer emite el siguiente comunicado:
Respecto
a la circunstancia de que el pasado fin de semana, determinados
recursos policiales fuesen destinados a la protección de actos de
recogida de educandos, cabe poner de manifiesto que se trata de
servicios demandados por las sociedades musicales de esta población
de honda raigambre social y cultural, constituyendo una tradición
muy consolidada, no sólo en nuestro municipio, sino en toda la C.
Valenciana. En ese sentido, la Policía local no puede manifestarse
ajena al sentir popular y debe, en consecuencia, proteger el
correcto desarrollo de tal tipo de actos. Respecto al hecho de que
no fuese reforzado el servicio, debe ponerse en tela de juicio lo
procedente de tal medida, pues la asignación de agentes de refuerzo
conlleva el abono de horas extra a los mismos, con la consiguiente
merma que supone para las arcas municipales, las de todos en suma,
de los recursos financieros asignados, entendiendo quien tiene la
responsabilidad pública de su gestión, que el gasto debe ordenarse
de acuerdo a los principios de eficiiencia y racionalidad, no
resultado procedente, de ningún modo, el dispendio arbitrario de
las partidas presupuestarias consignadas. Como mayor explicación de
cuanto se expone, se hace constar que los servicios planificados a
los que alude la organización sindical, se entendieron, porque así
lo eran, más que suficientes para las actuaciones previstas, pues
no solamente se hallaban tres dotaciones de servicio (siete
efectivos en total), sino que precisados de cualquier auxilio ante
circunstancias imprevistas extraordinarias, se contaba con el apoyo,
como así viene siendo, de la Policía Nacional, Fuerza ésta que
centra lo principal de su actuación en la seguridad ciudadana y con
la que se mantiene un contacto y coordinación permanentes.
Respecto
a la segunda de las afirmaciones, aquella que de manera totalmente
extemporánea e infundada, alude al hecho de que los intendentes del
Cuerpo realicen horas extra en fiestas de Moros y Cristianos, se
hace constar:
En
primer lugar: que los citados funcionarios entienden, porque así se
lo impone su deber y profesionalidad, que las fiestas mayores de
Petrer, exigen la atención permanente de sus responsables
policiales en aras de un correcto desarrollo de las mismas.
Que
no obstante la afirmación sindical, no se trata de actos de
representación o protocolarios, sino actuaciones de sesgo operativo
que imponen la supervisión de todos los servicios a desempeñar,
pues la importancia de los actos, (concentración de personas,
volumen de vehículos, actividades, fetejos, etc) o la peligrosidad
de los mismos, (uso de pólvora, consumo de alcohol), hacen más que
aconsejable que los responsables policiales se hallen de servicio
permanente esos días.
Que
los dos intendentes del Cuerpo, realizan sus funciones los citados
días en franjas horarias distintas, para de este modo no ocasionar
un dispendio mayor a la Corporación y abarcar con ello una mayor
horquilla de horas de trabajo.
Que
los servicios a desempeñar por la jefatura, así como por los
restantes mandos intermedios obedecen a criterios de racionalidad en
su nombramiento, cohonestándose la necesidad de su desempeño con
el interés público del Ayuntamiento y de la población. En este
orden de cosas, son siempre previamente sometidos al parecer y
aprobación del responsable político del área de seguridad
ciudadana.
Que
los citados funcionarios se hallan a disposición de la Alcaldía
las 24 horas del día, cada día del año, no percibiendo emolumento
alguno por tal disponibilidad. Por ello, acuden puntualmente a
cualquier reunión o evento donde sean convocados, en el entendido
de que así lo impone la obligación que sobre ellos pesa sin cobrar
remuneración alguna por tal concepto. Que no obstante se ponen en
este particular, a las órdenes de la superioridad por si en lo
sucesivo fuese conveniente otra línea de actuación.”
Petrer, a 1 de diciembre de 2016
El
intendente Ppal. Jefe PL
Fdo.
Antonio Amorós Albert







