Ayudas a las rentas bajas afectadas por un ERTE
Se trata de una ayuda directa de 150 euros
NOTA DE PRENSA / El
Pleno del Consell Valencià ha aprobado las bases reguladoras para la
concesión directa de ayudas económicas a las personas trabajadoras
de rentas bajas afectadas por un expediente de regulación temporal
de empleo, como consecuencia de la paralización de la actividad
económica con motivo de la COVID-19.
El
importe total previsto para estas ayudas asciende a 30 millones de
euros.
El
objetivo de las ayudas es paliar los efectos negativos que las
suspensiones temporales de los contratos de trabajo están provocando
en los colectivos más vulnerables, entre los que se encuentran los
trabajadores y las trabajadoras de rentas bajas que prestan sus
servicios en empresas radicadas en la Comunidad Valenciana.
Estas
ayudas tienen carácter singular por la situación de excepcionalidad
provocada por la pandemia.
La cuantía ascenderá a 150 euros por
persona beneficiaria. La concesión se realizará de forma directa a
todas las personas trabajadoras en las que concurran los requisitos
establecidos.
La
concesión de las ayudas se priorizará en función de la base de
cotización de las posibles personas beneficiarias hasta que se agote
el importe global, de forma que tendrán prioridad las personas cuyas
bases de cotización sean inferiores.
En el caso de que existiesen
varias personas con idéntica base de cotización tendrá prioridad
la de mayor edad.
Las
personas trabajadoras no deberán realizar ningún trámite, ya que
las ayudas se tramitarán de oficio.
En
este sentido, atendiendo a razones de índole organizativa y de
eficacia administrativa, se ha atribuido la tramitación y gestión
de estas ayudas a la Agencia Tributaria Valenciana, que recabará la
información estrictamente necesaria para el otorgamiento de las
ayudas de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad
Laboral, del Servicio de Valenciano de Empleo y Formación, del
Servicio Público de Empleo Estatal y de cualquier otra
administración o entidad pública.
Tras
el procesamiento de la información, la competencia para resolver
sobre la concesión de las ayudas corresponde a la Conselleria de
Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Las
personas beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos:
a)
Tener la condición de trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena.
b)
Que presten sus servicios en centros de trabajo radicados en la
Comunidad Valenciana.
c)
Que su contrato de trabajo haya sido suspendido temporalmente, de
forma total, por causas económicas, técnicas, organizativas o de
producción o derivadas de fuerza mayor relacionadas con la COVID-19.
d)
Que se encuentren incluidos en un ERTE solicitado entre el 14 de
marzo y el 30 de abril de 2020, ambos inclusive, y que haya sido
aprobado por la autoridad laboral, ya sea de forma expresa o por
silencio administrativo.
e)
Que hayan sido dados de alta en el Servicio de Valenciano de Empleo y
Formación con motivo del ERTE.
La
resolución de concesión aprobará la relación de personas
beneficiarias e indicará, salvo que se trate de una resolución
parcial, la base de cotización y, en su caso, la fecha de
nacimiento, que hayan determinado el corte de las ayudas.
El
plazo para resolver será de tres meses, a contar desde el día
siguiente al de la publicación de estas bases reguladoras.
La
resolución se publicará en el Diario Oficial de la Generalitat
Valenciana y la relación de las personas beneficiarias en la página
web de la administración autónoma, dentro del apartado
correspondiente a la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores
Productivos, Comercio y Trabajo. Todos los datos identificativos
figurarán de forma anonimizada.