Las medidas anti covid se flexibilizan más en la Comunidad Valenciana desde hoy
En eventos deportivos de Liga profesional se establece un aforo del 40 % en espacios cerrados y del 60% en espacios abiertos
NOTA DE PRENSA / Las
restricciones en cines, teatros y auditorios decaen a partir de hoy y
hasta el 8 de octubre. Esta es una de las medidas acordadas tras la
reunión interdepartamental mantenida esta mañana, según la
resolución de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública,
que se ha publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana
(DOGV).
Según ha destacado la consellera de Sanidad, Ana Barceló,
«seguimos avanzando hacia una nueva normalidad gracias a la
buena situación epidemiológica de la Comunitat Valenciana y al gran
esfuerzo de toda la sociedad valenciana en la lucha contra el virus»,
algo que ha permitido «eliminar o flexibilizar la gran mayoría
de las medidas vigentes hasta el momento».
En concreto,
decaen las restricciones en cines, teatros, auditorios, museos y
bibliotecas, así como en otros sectores como el comercio, guías
turísticos y sedes festeras, teniendo en cuenta siempre el
mantenimiento de las medidas generales de cautela, seguridad e
higiene.
También se flexibilizan medidas para los sectores de la
hostelería y restauración. Así, aumentan los aforos, pasando del
50% al 75% en el interior, y el número de personas por mesas pasa de
8 a 10, salvo que sean convivientes o se trate de distintos núcleos
de familias numerosas. Asimismo, se permite el uso de la barra para
retirada de consumiciones y para el consumo siempre que sea sentado y
con distancia de seguridad.
Se amplía también el horario de
cierre en este tipo de establecimientos, que se producirá de acuerdo
con su licencia en el horario que autorice la normativa general
establecida por la orden reguladora en el ámbito de la Comunitat
Valenciana. (De acuerdo con la Orden de la Conselleria de Justicia, a
las 1.30 horas.)
En cuanto al ocio nocturno, aumentan los aforos,
pasando del 50% al 75% en el interior y el número de personas por
mesas pasa de 8 a 10. Asimismo, se permite el uso de la barra para
retirada de consumiciones y para el consumo siempre que sea sentado y
manteniendo la distancia de seguridad.
Además, se permitirá el
baile y karaoke, ambos con uso obligatorio de mascarilla. Respecto al
baile, se realizará sin posibilidad de consumo de alimentos y
bebidas durante el mismo, y siempre en el espacio que se asigne o en
el que esté ubicado cada usuario, respetándose la distancia
interpersonal de seguridad.
En cuanto al cierre de los
establecimientos, se realizará de acuerdo con la normativa que lo
regula, y en todo caso, no podrá exceder de las 5.00 de la
mañana.
Los aforos en eventos de cualquier índole que puedan
implicar aglomeración de personas continuarán al 50% en el caso de
interiores y al 75% si se celebran al aire libre, pero sin límite de
personas asistentes.
En el ámbito deportivo, se amplía el aforo
para el uso de duchas y vestuarios al 75% y decae la limitación del
número de deportistas que pueden participar en una prueba
simultáneamente, como es el caso de la maratón o media maratón,
garantizando siempre la salida escalonada de participantes para
evitar aglomeraciones.
Asimismo, en las instalaciones deportivas
cerradas se establece un aforo máximo del 75%, y en las
instalaciones abiertas será de una persona usuaria por cada 2,25 m2
de superficie útil para el uso deportivo. En cuanto a las piscinas,
tanto en interiores como al aire libre, el aforo máximo será del
75%.
En cuanto a los eventos deportivos multitudinarios de Liga
Profesional, se mantiene un aforo del 40% en espacios cerrados y del
60% para los espacios abiertos, pero se elimina el límite máximo de
personas asistentes. Asimismo, siempre se debe mantener un asiento de
distancia en la misma fila en caso de asientos fijos o 1,5 metros de
separación si no hay asientos fijos, salvo grupos de convivencia.
Respecto al resto de competiciones y otros acontecimientos
deportivos, las entidades organizadoras tendrán que disponer, como
hasta ahora, de un protocolo público de desarrollo de la competición
o acontecimiento, que garantice el seguimiento de las medidas de
seguridad y de higiene requeridas para la prevención de la
COVIDvid-19 (mascarilla obligatoria, distancia interpersonal,
etc.).
Por otra parte, la resolución establece que en residencias
y otros alojamientos similares, se aumente al 75% el aforo en zonas
comunes y se puedan incluir servicios tipo self-service o bufet.
Por
último, en velatorios y entierros decae la limitación de personas
que pueden asistir y se aumenta el aforo. En el interior será del
75% y en el exterior del 100%, garantizándose la distancia de
seguridad interpersonal.







