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sábado, 19, septiembre, 2026

El calzado y la marroquinería no son actividades esenciales

El calzado y la marroquinería no son actividades esenciales

Sólo podrán producir aquellas empresas que hayan reconducido su actividad a fabricar material para el sector sanitario

Luis Rico/ Tras la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19, es ya oficial que la empresas manufactureras de la industria local, es decir, las dedicadas a la producción de calzado y marroquinería, no están consideradas dentro del grupo de las esenciales, sólo aquellas que hay redirigido su actividad a la producción de material destinado al sector sanitario. Así viene certificado en el punto 5 del anexo al Real Decreto: 5. Aquellas imprescindibles para el mantenimiento de las actividades productivas de la industria manufacturera que ofrecen los suministros, equipos y materiales necesarios para el correcto desarrollo de las actividades esenciales recogidas en este anexo. Este es el enlace del BOE https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/29/pdfs/BOE-A-2020-4166.pdf

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